BECAS Y AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO (Convocatoria 2015/2016)
¿Cuál es el plazo de presentación?
Del 2 de Agosto al 30 de Septiembre de 2015.
¿Cuáles son los requisitos que debes cumplir? (alumno/as con TDAH)
1. Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías:
- certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
- certificado de discapacidad.
2. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2014. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
3. Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
4. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos: a) Educación Infantil. b) Educación Primaria. c) Educación Secundaria Obligatoria. d) Bachillerato. e) Ciclos formativos de grado medio y superior. f) Enseñanzas artísticas profesionales. g) Formación Profesional Básica. h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
5. Además para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.
¿Cuáles son los requisitos que debes cumplir? (alumno/as con Altas Capacidades)
El alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales podrá obtener la ayuda a que se refiere el apartado c) del artículo 1 cuando reúna los siguientes requisitos:
- Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
- Tener cumplidos seis años de edad a 31 de diciembre de 2015
- Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos: a) Educación Primaria. b) Educación Secundaria Obligatoria. c) Bachillerato. d) Ciclos formativos de grado medio y superior. e) Enseñanzas artísticas profesionales.
¿Cuáles son los requisitos económicos?
Umbrales de renta familiar:
- Familias de un miembro: 11.937,00 euros.
- Familias de dos miembros: 19.444,00 euros.
- Familias de tres miembros: 25.534,00 euros.
- Familias de cuatro miembros: 30.287,00 euros.
- Familias de cinco miembros: 34.370,00 euros.
- Familias de seis miembros: 38.313,00 euros.
- Familias de siete miembros: 42.041,00 euros.
- Familias de ocho miembros: 45.744,00 euros
A partir del octavo miembro se añadirán 3.672 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
* A tener en cuenta: Umbrales de patrimonio familiar.
¿Hay algunas deducciones por la renta familiar?
- El 50 por 100 de los ingresos aportados por todos los miembros computables de la familia, distinto de los sustentadores principales.
- 2.000,00 euros cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa.
- 4.000,00 euros por el solicitante y otro tanto por cada uno de sus hermanos que esté afectado de discapacidad, legalmente calificada de grado igual o superior al treinta y tres por ciento.
- 1.176,00 euros por cada hermano del solicitante menor de 25 años que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar, cuando sean dos o más los estudiantes con residencia fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios.
- El 20 por ciento de la renta familiar cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.
Para ser tenidas en cuenta estas deducciones, deberá acreditarse que estas situaciones concurrían a 31 de diciembre de 2014.
¿Qué tipos de ayudas ofrecen?
- Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
- Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
- Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales
¿En qué consisten las ayudas directas?
- Enseñanza: hasta 862,00 euros.
- Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
- Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
- Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
- Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
- Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
- Libros y material didáctico: Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros. Resto de niveles de la enseñanza posobligatoria: hasta 204,00 euros.
- Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, en aplicación de las reglas del apartado 6 del presente artículo, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
¿Qué documentación se requiere?
Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:
- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
- Certificado de discapacidad.
Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje: informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación según los modelos que genera el formulario, certificación expedida por el inspector de zona o del equipo de orientación dependiente de las administraciones educativas y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.), presentará también documentación acreditativasegún el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.
¿Cómo se tramita?
A través de la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante formulario on-line, que debe ser imprimido, cumplimentado y presentado en el centro de estudios.
Si lo realizo por primera vez, ¿Quién es el solicitante?
El solicitante es el alumno, que deberá estar dado de alta en la Sede Electrónica. Sólo en el caso de que el solicitante sea menor de 14 años y no tenga DNI, puede registrarse el padre, madre o tutor en lugar de dicho solicitante. Es el alumn@ el que debe registrarse en la sede electrónica.
¿Dónde se entrega?
Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: imprimirán el modelo de solicitud y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2015/2016.
IMPORTANTE A TENER EN CUENTA:
- El alumno/a solicitante de la beca debe aparecer en el número de cuenta con la que se rellena.
- Para que el niñ@ pueda aparecer en el número de cuenta, debe tener su DNI.
- Por lo que, aunque no se detalla de forma explícita, el niñ@ debe tener DNI.
- Para la tramitación on line será necesario: nº de DNI del niñ@ y de todas las personas del núcleo familiar; número de cuenta en la que aparezca el niño; en el caso en que disponga de discapacidad, será necesario tener el documento que lo acredite para rellenar la fecha de inicio y de caducidad; en el caso de familia numerosa especial/general, será necesario disponer del número del título de familia numerosa.
- Las cuantías económicas de los umbrales son netos.
- No existen requisitos académicos, así que no importa si el niñ@ repite curso o suspende asignaturas.
- El centro educativo deberá rellenar numerosos documentos, por lo que se recomienda entregarlo en éste lo antes posible.
Si tienes un hij@ con TDAH en la provincia de Cádiz, contacta conmigo y te ayudaremos en la tramitación de la beca.
PARA MÁS INFORMACIÓN
- Teléfono: 913277681
- Dirección de correo: http://www.educacion.gob.es/consultas-informacion/
- Publicación BOE